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Adjuntamos la documentación necesaria para la Declaración de Confidencialidad por parte del alumno y cómo obtener el Certificado de delitos sexuales, requisitos ambos para poder realizar la Formación en Centros de Trabajo (FCT).
Descargar modelo de Declaración de Confidencialidad aquí.
Descargar instrucciones para la obtención del Certificado de Delitos Sexuales aquí.
Podrá solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo el alumnado previamente matriculado en dicho módulo que acredite una experiencia laboral, mínima de un año (atendiendo al cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.
La experiencia laboral debe garantizar que el alumno ha alcanzado los resultados de aprendizaje del módulo de Formación en Centros de Trabajo recogidos en el Real Decreto del título en el que esté matriculado.
Haz click aquí para descargar la documentación necesaria para solicitar la exención (Anexo V). Dicha documentación se dirigirá al Director o Directora del centro en un momento previo a la fecha de inicio de la FCT. El procedimiento así como su plazo vendrá concretado por cada administración educativa, y ya por último, toda la documentación quese enumera en este epígrafe se entregará en la misma Secretaría del Centro deFormación Profesional.
Debe adjuntarse como documentación general, además de aquella específica que pudiera ser solicitada o que el solicitante considere necesaria, la siguiente:
Las administraciones competentes promoverán el establecimiento de un sistema de comunicación electrónica con la Tesorería General de la Seguridad Social para la transmisión de estos datos.
El director del centro de Formación Profesional, a la vista del informe valorativo ANEXO VI emitido por el equipo docente del ciclo formativo, resolverá la solicitud sobre la exención total o parcial del módulo profesional de FCT conforme al artículo 39 y 40 del Real Decreto 1147/2011 , de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo así como al desarrollo normativo autonómico correspondiente ANEXO VII.
La resolución, positiva o negativa, se comunicará por escrito al interesado para su conocimiento previo al inicio del módulo de FCT y se incorporará en el expediente del alumno, una vez informado debidamente el tutor del módulo profesional de FCT. El alumno tendrá un mes para presentar Recurso de Alzada frente a la resolución del director.
Cuando la comunicación es positiva indicará si se trata de exención total o parcial y, en este último caso, las actividades a realizar.
Las empresas colaboradoras firman un convenio con la Consejería de Educación y Cultura, a través de los directores de los centros educativos, en el que se establecen los términos de la colaboración. También lleva aparejado un programa formativo, en el que se fijan las tareas a realizar y la distribución del calendario y horario a desarrollar por el alumnado acogido en la empresa y en el centro educativo. Los centros educativos son los encargados de tramitar toda la documentación.
En la Región de Murcia se eligió como modelo de Formación Profesional Dual el basado en una Beca, que supone una remuneración a pagar por las empresas al alumnado en formación por importe del 80% sobre el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Las empresas dan de alta en la Seguridad Social a los alumnos de FP Dual como becarios realizando prácticas curriculares, código de cotización 9928, de acuerdo a la legislación laboral vigente, basada en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre. Desde el 1 de agosto de 2014 la cotización de becarios a la seguridad Social está bonificada al 100%, por lo que el trámite de cotización debe seguir realizándose, si bien la cuota a pagar por la empresa a la administración es 0 €.
Píldoras informativas para conocer la FP dual en la Región de Murcia
Si desea obtener más información puede consultar la página web https://www.llegarasalto.com/fp-dual-y-fct/ de la Consejería de Educación de la Región de Murcia o contactar con nosotros a través del siguiente correo electrónico:
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa dispone, en el artículo 42.2 que, el currículo de las enseñanzas de Formación Profesional incluirá una fase de formación práctica en los centros de trabajo, de la que podrán quedar exentos quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con los estudios profesionales cursados. | Autores Ariadna Creus i Àngel García |
El módulo profesional de formación en centros de trabajo es un módulo de formación que contiene resultados de aprendizaje o capacidades terminales y criterios de evaluación propios de cada título que orientan las actividades formativas de los alumnos en un en un entorno productivo real. La especial naturaleza de este módulo profesional de Formación en centros de trabajo, implica la suscripción de un convenio o acuerdo específico de colaboración para el desarrollo de un programa formativo que vincula al centro educativo y al centro de trabajo. |
Autores: Ariadna Creus i Àngel García |
Autores: Junta de Andalucía GARCIA CORDERO | |
¿Qué finalidades tiene el módulo de FCT?
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¿Cómo se accede al módulo de FCT? El acceso al módulo profesional de FCT, con carácter general, requerirá que:
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Duración y periodo. La duración del módulo de FCT será la establecida en la normativa reguladora de los currículos de los distintos ciclos formativos. El número de horas de estancia del alumnado en el centro de trabajo incluirá las horas de tutoría en el Centro docente que serán consideradas constitutivas del módulo de FCT, no debiendo superar en ningún caso el 10% del total de horas asignadas normativamente al módulo. Para los ciclos LOE la duración total del módulo de FCT será de 400 horas y para los ciclos LOGSE, 440 horas. El periodo ordinario de realización es aquel comprendido entre la evaluación previa al módulo de FCT y la evaluación final en horario de 7.00 a 22.00 horas de lunes a viernes. Los ciclos formativos de la familia profesional de sanidad tienen concedida autorización para la realización de prácticas en días considerados no lectivos tales como sábados, domingos, festivos de carácter nacional y autonómico así como en los periodos vacacionales comprendidos en el periodo ordinario de realización del módulo. pexels: max mishin, uso gratuito |
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Ventajas para el alumnado
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Ventajas para la empresa
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El Departamento de Información y Orientación Profesional (DIOP) del CIFP de Lorca presta un servicio de atención a consultas relacionadas con la inserción laboral y búsqueda de empleo, itinerarios formativos o autoempleo y procesos de matriculación. Estas consultas se pueden realizar presencialmente o mediante correo electrónico.
Bolsa de trabajo del Centro Integrado de Formación Profesional de Lorca en la que se recogen tanto ofertas por parte de empresas como los datos de los alumnos que quieren ser incluidos en la mismas