a) El medio electrónico, para lo cual será requisito indispensable disponer de alguno de los siguientes sistemas de identificación: cl@ve, Certificado digital expedido por alguna de las entidades de certificación admitidas por la Sede electrónica o DNI electrónico. Tras rellenar todos los campos del modelo de solicitud, se deberá firmar por el solicitante o por padre, madre o tutor legal si es menor de edad, con cualquiera de los sistemas de firma aceptados en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En este caso, una vez firmada la solicitud, será registrada por el procedimiento telemático establecido, y quedará presentada a todos los efectos. Como resultado de esta presentación se permitirá obtener el resguardo de la solicitud que deberá ser conservado por la persona solicitante.

b) El medio presencial, que obliga, tras rellenar todos los campos del formulario de solicitud, a imprimir la solicitud y entregarla en el mismo centro en el que se encuentre matriculado el alumnado durante el presente curso.
Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de su presentación en alguno de los registros y lugares del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando se presente la solicitud por este medio, se deberá conservar un ejemplar de la solicitud registrada, o sellada por el centro correspondiente, para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de la misma en el plazo y forma establecidos.

3. La solicitud de ayuda se acompañará de certificado bancario del Código IBAN de la cuenta o libreta, donde se desea recibir el importe de la ayuda del que deberá ser titular el alumno. En caso de que éste sea menor de edad, deberá figurar además, el nombre del padre, madre o tutor del alumno.
4. Cuando el medio de presentación de la solicitud sea electrónico, será requisito indispensable anexar dicha documentación en ficheros PDF al finalizar la cumplimentación del formulario, y en todo caso antes de firmarla digitalmente.
5. Cuando se opte por el medio presencial de la solicitud, esta se imprimirá y se presentará junto con la documentación en el centro educativo.
6. De conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se presumirá que las consultas de los datos de identificación personal y aquellos que, en su caso, estén en poder de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia son autorizadas por los interesados, salvo que en la solicitud conste su oposición expresa.

En el supuesto de que el interesado manifieste expresamente que no otorga dicha autorización, deberá aportar los documentos. Esta autorización exime a los solicitantes de presentar los documentos que acrediten las situaciones objeto de cruce telemático siempre que la solicitud haya sido firmada por todas las personas mayores de edad que figuren en ella.
7. La solicitud incluye una declaración responsable sobre:
- La veracidad de cuantos datos figuran en ella y, en su caso, de la documentación adjunta, y que esta última es fiel copia de los originales.
- El conocimiento, la aceptación y el compromiso de las bases reguladoras y de la presente convocatoria.
- El cumplimiento de los requisitos exigidos.
- Datos bancarios.
8. En el supuesto de que la Administración compruebe la inexactitud de los datos declarados, el órgano gestor estará facultado para realizar las actuaciones procedentes.